Jurisprudencia 01/06/2026

Denigrar a la madre de tus hijos sale caro: lo condenaron a pagar 5 millones por llamarla “Mala Madre”, “Loca”, “Mentirosa”, entre otras cosas

La Cámara Civil condenó a un hombre a pagar $5 millones por publicaciones en Facebook contra su expareja, a la que calificó de "mala madre", "loca", "mentirosa", "denunciante falsa y maliciosa", y la responsabilizó por impedir el vínculo paterno-filial. . El tribunal que los posteos configuraron violencia digital y simbólica.

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En un fallo que sienta un fuerte precedente sobre el hostigamiento en entornos virtuales, la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó una sentencia de primera instancia y condenó a un hombre a indemnizar con 5 millones de pesos a su expareja. El tribunal dictaminó que los ataques perpetrados por el demandado a través de Facebook constituyeron una forma de violencia digital, simbólica y mediática que lesionó la honra, dignidad e intimidad de la víctima.

Descalificaciones públicas y antecedentes penales
El conflicto se desató en 2019, en el marco de una conflictiva separación y disputas por el cuidado del hijo que tienen en común. El hombre utilizó su perfil público en la red social para identificar a la mujer con nombre y apellido. En sucesivos posteos, la tildó de "mala madre", "loca", "mentirosa" y "denunciante falsa", además de culparla por obstruir el vínculo con el menor.

Los camaristas recordaron que el agresor ya arrastraba una condena penal previa por desobedecer una restricción judicial que expresamente le prohibía contactar o mencionar a la mujer en las redes sociales, una orden que ignoró sistemáticamente.

Más allá de un conflicto familiar
La demanda civil había sido rechazada originalmente en primera instancia bajo el argumento de que las expresiones eran meras apreciaciones personales en el contexto de una disputa familiar. Sin embargo, la Cámara rechazó esa lectura de forma tajante al concluir que los insultos excedieron con creces cualquier derecho a opinar y buscaron "denigrar y menoscabar" a la actora.

"Existió acoso u hostigamiento cibernético, el cual consiste en actos que afectan la reputación en línea de las mujeres al lesionar sus derechos digitales", remarcó la sentencia. Los jueces concluyeron que rotular a una persona con esos calificativos denigrantes representa una exposición pública no consentida que no puede normalizarse como un simple desacuerdo familiar.

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